Actualizado 05/02/2010 13:55

Ocho años de prisión por dar 15 cuchilladas a su ex pareja tras recibir ella una llamada al móvil

ALMERÍA, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Almería ha condenado a ocho años de prisión a un hombre de 30 años que, en octubre de 2008, asestó hasta 15 cuchilladas a su ex compañera sentimental después de que ésta contestase una llamada telefónica en el transcurso de la conversación que mantenían para hablar del hijo de corta edad que ambos tienen en común e intentar, de esta manera, una reconciliación.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera al procesado autor de un delito de homicidio en grado de tentativa con la concurrencia del agravante de parentesco, y le impone además pena de alejamiento a menos 300 metros durante un periodo de nueve años, tal y como solicitó el fiscal durante el trámite de informes de la vista oral.

El hombre, residente en Guadalajara, se personó en el municipio de Cuevas del Almanzora el 30 de octubre de 2008 y concertó una cita con su ex compañera sentimental, quien, tras quedar con él, accedió a que ambos fuesen a la vivienda que ella tenía alquilada junto a otras personas para que pudiese pasar la noche y hablar de su relación ya que, según afirmó ante el tribunal, estaba dispuesta a darle una segunda oportunidad.

Ya de madrugada, el acusado, movido por "graves celos", comenzó una discusión tras una llamada que la víctima recibió en su teléfono móvil y, al grito de "¡Si no eres para mi, no eres para nadie!", cogió un cuchillo de cocina de 12 centímetros de hoja que había ocultado previamente y se abalanzó sobre ella, que consiguió repeler el ataque en un primer momento con sus brazos y sus manos.

Con "evidente ánimo de terminar con la vida" de su ex pareja, según se recoge en el fallo, el hombre consiguió herir a la mujer en el rostro, los brazos y el abdomen para, a continuación, y tras advertirle "si tú te vas, yo también", autolesionarse con el arma. En ese momento, la víctima aprovechó para emprender la huida y pedir ayuda a sus compañeros de piso.

El tribunal rechaza en su sentencia que el homicida, de nacionalidad ecuatoriana, actuase en legítima defensa, tal y como alegó su letrado al solicitar la libre absolución o la condena a tres meses de cárcel por lesiones imprudentes, y apunta a la declaración prestada en sala por un testigo presencial quien, al acudir al dormitorio de la víctima alertado por sus gritos, la vio en el suelo cubierta de sangre y a él "sin ninguna herida".

Señala, en esta línea, que si la mujer no falleció fue "por causas ajenas a la voluntad del procesado", quien procedió a autolesionarse, tal y como había expresado en diferentes ocasiones su intención de suicidarse, y quedó semiinconsciente, lo que favoreció que la víctima pudiese pedir ayuda. El fallo fija, asimismo, indemnizaciones de 1.830 y 22.634 euros por las lesiones y las secuelas, respectivamente.