BRUSELAS 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TUE) ha reconocido en una sentencia dictada este jueves el derecho a la reagrupación familiar de los menores no acompañados que alcancen la mayoría de edad durante el procedimiento de asilo, aunque puntualiza que la solicitud para reunirse con familiares directos debe hacerse en un plazo de tres meses a partir del día en el que se reconoció al menor la condición de refugiado.