Asefiget dice que las novedades del Impuesto de Sociedades favorecen a grandes empresas con beneficios

Actualizado: jueves, 7 julio 2011 13:19

MADRID, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget) ha advertido sobre las novedades fiscales del Impuesto de Sociedades de 2010, cuya campaña comenzó el pasado 1 de julio, ya que considera que favorecen a las grandes empresas con beneficios en detrimento de las empresas de reducida dimensión.

Así, destaca que se actualizan los coeficientes de corrección monetaria aplicables a los activos inmobiliarios, que permiten corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión, al tiempo que se aumenta el porcentaje de retención o ingreso a cuenta, con carácter general, al 19%.

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009 y vigencia indefinida, se introduce una reducción en cinco puntos del tipo de gravamen aplicable a las pequeñas y medianas empresas, cuyo importe neto de la cifra de negocios de los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010 y 2011 sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados, que creen o mantengan empleo.

Asefiget señala que también hay que tener en cuenta las modificaciones introducidas por el real decreto-ley de medidas para el impulso de la recuperación económica y del empleo, que contemplan la aplicación de la libertad de amortización a elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas exigiéndose, para ello, el mantenimiento del empleo durante dos años.

Asimismo, se simplifican las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas para las entidades de reducida dimensión. Se podrán beneficiar de esta medida aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo sea inferior a 8 millones de euros y el importe total de las operaciones vinculadas realizadas por ellas en el ejercicio no supere 100.000 euros de valor de mercado.

Además, los asesores fiscales recuerdan que las empresas se pueden beneficiar de importantes bonificaciones y deducciones, como por los gastos de actividades de investigación y desarrollo o de innovación tecnológica, los relativos al fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación o por formación profesional, por creación de empleo de trabajadores con discapacidad o por reinversión de beneficios extraordinarios, entre otras.