Hacienda advierte de que nunca solicita información sobre tarjetas de crédito para abonar devoluciones

Los Usuarios Precisarán De Un Lector De DNI Electrónico E Internet Para Su Uso.
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 31 mayo 2011 15:05

También recuerda que el acceso al Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) es gratuito

MADRID, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Tributaria ha advertido a los contribuyentes, ante un nuevo intento de phishing', que nunca envía un correo electrónico para solicitar datos económicos y que nunca paga devoluciones con abono a tarjetas de crédito.

El organismo indica, en un comunicado, que ha detectado un nuevo intento de fraude por Internet a través del cual se envía un correo electrónico con el logotipo de la Agencia Tributaria donde se le comunica al destinatario que tiene una devolución pendiente y le redireccionan a una página web que imita a la de la Agencia Tributaria.

En esa página simulada aparece un formulario para rellenar, donde se le piden los datos de la tarjeta de crédito o cualquier otro dato personal.

Así, el organismo quiere dejar claro que el dominio que figura en esa página web no es el de la Agencia Tributaria y que los dominios reales son 'www.aeat.es', 'www.agenciatributaria.es' y 'www.agenciatributaria.com'.

Finalmente, recomienda que en caso de duda sobre la autenticidad de cualquier 'email' o sitio de Internet que afirme estar remitido o ser propiedad de la Agencia Tributaria, contacte con el organismo en el Centro de Atención Telefónica (901 200 347) para verificar su autenticidad.

Por otro lado, la Agencia Tributaria también ha tenido conocimiento de la existencia de cartas recibidas por contribuyentes solicitando una determinada suma de dinero para proceder al registro intracomunitario de la empresa, el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

El organismo recuerda que ni la propia Agencia ni las instituciones de la Unión Europea cobran importe alguno por tramitar la inclusión en el ROI, como, en general, por ninguno de los servicios de asistencia que prestan.

Para acceder al ROI los obligados tributarios únicamente deben solicitar, gratuitamente, mediante la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036) y la inclusión o la baja en el Registro de Operadores Intracomunitarios. La solicitud de inclusión deberá presentarse antes del inicio de las correspondientes actividades o de la realización de las operaciones.