Actualizado 14/07/2011 15:58

Educadores sociales exigen al Gobierno que no se vulneren los derechos de los niños extranjeros no acompañados

Niños Saharauis Llegados A La Comunitat
FEDERACIÓN ASOCIACIONES PUEBLO SAHARAUI


MADRID, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo General de Colegios de Educadoras y de Educadores Sociales (CGCEES) ha analizado la repercusión de la Ley Orgánica 2/2009 y ha exigido al Gobierno que no se vulnere los derechos de los menores extranjeros no acompañados en comparación con el resto de menores en situación de desamparo y dificultad.

De este modo, tras revisar la legislación y valorar la posibilidad de un proceso distinto entre nacionales y extranjeros, el Consejo ha señalado que es posible que se produzca !una diferenciación entre los niños y adolescentes, dependiendo de su lugar de procedencia". Por ello, ha denunciado que "los derechos de los niños y adolescentes no acompañados podrían ser vulnerados".

Asimismo, ha indicado que "la tutela ha de ser pública independientemente de la procedencia del niño y adolescente en cuestión". Por esta razón, ha recalcado que "el criterio que debe prevalecer para la administración debe ser el de la protección del niño y adolescente y no la condición de extranjero".

Igualmente, ha asegurado que las administraciones "deben garantizar el principio del interés superio del menor". En este sentido, ha explicado que "la intervención pública debe orientarse a prevenir que no se lesionen los derechos reconocidos a todo niño y adolescente". En este caso, "podría producirse un conflicto entre el artículo 172 del Código Civil, que plantea que la tutela debe ser pública y el artículo 35.11 de la Ley conocida como de Extranjería, que expone la posibilidad de que la tutela pueda ejercerse de manera privada". Para el CGCEES, "la tutela debe ser pública y el Estado es el principal garante de los derechos y los intereses de los niños y adolescentes".

Además, el consejo ha propuesto que las leyes que afectan y regulan la situación de los niños y adolescentes extranjeros no acompañados "se integren en leyes específicas de protección de menores y no en leyes que regulan los flujos migratorios". Por todo esto, ha solicitado al ministerio de Trabajo que adopte las medidas oportunas para que "la aplicación práctica del artículo 35.11 de la Ley Orgánica 2/2009 no vulnere los derechos de los niños y adolescentes, independientemente de su lugar de procedencia".