Economía/Legal.- El Supremo revisará el 30 de junio la sentencia del 'caso Tabacalera'

Actualizado: miércoles, 16 junio 2010 20:24


MADRID, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisará el próximo 30 de junio la sentencia que absolvió al presidente de Telefónica, César Alierta y a su sobrino Luis Javier Placer por la prescripción del delito de uso de información privilegiada por la compra-venta de acciones de Tabacalera en 1997, cuando presidía la compañía, según confirmaron fuentes del Alto Tribunal.

Los magistrados estudiarán los recursos de casación presentados por el Ministerio Fiscal, Alierta y Placer contra la sentencia dictada el 17 de julio de 2009 por la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró prescrito el delito.

La sentencia concluyó que el delito estaba prescrito por haber transcurrido más de cinco años desde su consumación hasta la presentación de la denuncia por parte de una asociación de consumidores, que ejerció como acusación particular hasta su retirada el primer día del juicio.

Los representantes legales de Alierta piden al Supremo que revise los hechos probados de la sentencia, ya que consideran que el tribunal no tuvo en cuenta los documentos aportados por la defensa, entre los que se encuentran varias resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), hechos relevantes enviados por Tabacalera o documentos periciales.

Por su parte, el fiscal recurrió la prescripción del delito aplicada por la Audiencia Provincial de Madrid y que acogió la doctrina del Tribunal Constitucional, que establece la interrupción de la prescripción en el momento que la querella es admitida a trámite y no en el momento de su presentación.

Además, el fiscal también pide que el Supremo revise la no aplicación del tipo agravado en el delito de uso de información privilegiada, que aumenta de cinco a diez años el plazo de prescripción del delito.

Al respecto, el presidente de Telefónica solicita que se aplique la doctrina establecida por el Supremo, que legitima el recurso en los casos en los que "la absolución se produce por considerar el tribunal de instancia que el delito ha prescrito, pero conteniendo la sentencia una declaración del delito imputado".

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid consideró probado que entre Alierta y Placer "existía un concierto común entre ambos materializándose en la idea de sacar provecho económico" de la compra-venta de Tabacalera en el momento en el que la empresa iba a realizar varias operaciones.

Los magistrados del Supremo encargados de estudiar los recursos serán Joaquín Giménez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano, Miguel Colmenero y Manuel Marchena.

El 'caso Tabacalera' comenzó a raíz de una querella presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales de Banca y Bolsa (Auge) en la que acusó a Alierta de aprovechar su cargo como presidente de Tabacalera para realizar una compra-venta de acciones de la compañía que le reportó unas plusvalías de 1,86 millones de euros.

Leer más acerca de: