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ALMERÍA 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
Un juez de Almería ha condenado a un hombre a nueve meses de prisión así como al pago de 11.800 euros a un agente de la Guardia Civil al que rompió una mano después de que se abalanzara sobre él durante una intervención policial en Roquetas de Mar (Almería).
En su sentencia, dictada en firme y consultada por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería impone al acusado seis meses de prisión por un delito de atentado y otros tres meses más por un delito de lesiones, toda vez que fija la indemnización a favor del agente, que ha estado representado por la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC).
Los hechos tuvieron lugar el 5 de abril de 2020, cuando el acusado contaba con 20 años de edad y se encontraba en la calle Leo de Roquetas de Mar (Almería), donde fue visto mientras golpeaba distintos vehículos y puertas de viviendas.
Así, una patrulla de la Guardia Civil se desplazó hasta la zona en la que, al advertir su presencia, el acusado se abalanzó sobre el coche "con absoluto desprecio hacia el principio de autoridad" y "aporreando el cristal de la puerta del conductor".
La actitud del acusado impidió al agente que conducía el vehículo bajarse del coche, si bien el resto de agentes sí pudieron descender del mismo. Así, el acusado se dirigió hacia ellos "en actitud agresiva" y "con clara intención de agredirles".
Los agentes, que le pidieron que depusiera su actitud, pudieron repeler los ataques del acusado, si bien tuvo que presentarse una segunda patrulla ante las dificultades para reducir al individuo.
Fue entonces cuando el hombre se abalanzó "con gran violencia" y "desprecio al principio de autoridad" contra uno de los agentes recién llegados, lo que hizo que cayera al suelo y se golpeara la mano derecha, ante lo que el resto de sus compañeros arrestaron al sospechoso con "la fuerza mínima imprescindible".
Como resultado del ataque, el agente sufrió un traumatismo en la mano derecha con varias fracturas, lo que llevó a la inmovilización de la mano y del brazo en cabestrillo, con rehabilitación y un periodo de cura que se prolongó hasta 172 días, quedándole como secuela un dolor de carácter leve.
La resolución judicial suspende la pena privativa de libertad durante tres años con la condición de que el acusado no delinca en ese periodo de tiempo y realice 65 días de trabajos en beneficio de la comunidad.