Condenada una pareja por malos tratos mutuos tras una discusión una mañana de fin de año en Jerez

Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA.
Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: jueves, 16 abril 2026 13:50

CÁDIZ 16 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a una pareja, con nueve meses a él y diez meses de prisión a ella, por un delito de malos tratos tras una discusión ocurrida en una mañana de fin de año en su vivienda en Jerez.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, la pareja mantuvo una relación sentimental con convivencia en una vivienda en Jerez durante dos años aproximadamente. Ahí, en la mañana de fin de año de 2020, cuando ella se despertó vio que el hombre no estaba en la casa, por lo que lo llamó por telefóno tanto a su móvil como al de un amigo con el que se encontraba desayunando, "exigiéndole que regresara a casa".

Una vez allí, "inició una acalorada discusión" y le dijo que subiera a la habitación de ambos "con la intención de que recogiera sus cosas y se marchara". Según la sentencia, en el momento de la discusión él se encontraba inclinado sobre la cama con ella detrás "increpándole", y "con la intención de quitársela de encima, se incorporó, desplazó su cuerpo hacia atrás e impactó con el de ella, haciéndola caer sobre un armario, cediendo la puerta hacia su interior y cayendo al suelo".

Una vez ocurrido eso, el hombre "se giró y agachó para ayudarla a levantarse, al tiempo que le pedía perdón y le decía que había sido sin querer", lo cual fue presenciado por la hija de ella que acudió al oír el ruido por la rotura de la puerta del armario.

Posteriormente, la pareja volvió a bajar a la planta de abajo, donde estaba quien se encontraba desayunando antes con el hombre, y "aunque ella, pese a la determinación de él, ya no quería que abandonara la vivienda, finalmente lo hizo, no sin antes recibir de ella un bofetón en el rostro", presenciado por los allí presente.

Por ello, ambos han sido condenados por un delito de malos tratos, con nueve meses de prisión en el caso de él y diez meses en el caso de ella. Además, ella denunció un caso de agresión sexual supuestamente producido tres meses antes por mantener relaciones sin su consentimiento, de lo cual fue absuelto el hombre al no quedar acreditado, tal y como consta en la sentencia. Las dos partes presentaron recurso ante el TSJA, que los ha desestimado.

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