Imagen de archivo del juicio al acusado de asesinar a puñaladas a su expareja Paula en mayo de 2023 en Torremolinos. - Álex Zea - Europa Press
MÁLAGA 20 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Málaga ha condenado a 24 años de prisión a un hombre por el asesinato de su exnovia Paula en Torremolinos (Málaga) en 2023, la cual recibió varias cuchilladas, y por maltratarla de forma habitual, con "un total control y dominación". Además se le impone indemnizar a los familiares de la víctima con más de 918.000 euros en global.
Así, en la sentencia, que se dicta después del veredicto de culpabilidad emitido por unanimidad hace unas semanas por un jurado popular, se condena al acusado a 23 años de prisión por un delito de asesinato y a un años de cárcel por otro de malos tratos habituales.
A la hora de fija la pena, la magistrada ha tenido en cuenta "la brutalidad de la agresión", causándole 16 heridas, que "impidió" la ayuda y varias circunstancias que agravan la condena, como la de género, al considerarse que el acusado actuaba "en todo caso movido por su sentimiento de control y dominación sobre la mujer a quien no reconoce valor alguno por sí misma".
El abogado que representa a la familia de la víctima y que ha estado personado como acusación particular en este proceso, Guillermo Smerdou, ha asegurado en declaraciones a Europa Press que entiende que la pena de 24 años de cárcel es adecuada y que la familia se encuentra "satisfecha" con el resultado del proceso.
Según se considera acreditado en la resolución, el acusado mantuvo una relación sentimental con Paula durante tres años, teniendo un hijo en común, además de otros dos de ella de relaciones anteriores. Durante ese tiempo, el acusado ejerció control económico sobre ella, "sometiendo a la víctima a una situación de total dominación".
Así, esta probado que hacía comentarios "con intención de desacreditar a su pareja" y que desde que se produjo la resolución de desamparo de los tres hijos, "el empeño de Paula fue conseguir trabajo, disponer de vivienda, aparentar una relación de pareja estable con el acusado --padre de su último hijo-- y someterse a controles periódicos sobre consumo de tóxicos, todo con la esperanza de recuperar la custodia de los niños", dice la sentencia.
Pero el acusado, señala la resolución, "no la dejaba salir a trabajar por lo que perdía sus trabajos, no le dejaba tener teléfono y tenía que usar el de él". Asimismo, ya antes, durante el embarazo del hijo en común, el procesado "le decía que tenía que hacer lo que él decía o haría todo lo posible para que le quitaran a sus hijos", además de "menospreciarla".
Asimismo, señala la Sala, "la amenazaba con expresiones del tipo 'te voy a hacer lo mismo que a Sibora'", en referencia a una pareja anterior de él que desapareció y nueve años después ha sido descubierto su cadáver emparedado en otra vivienda de Torremolinos, caso en el que también está acusado este hombre por un delito de asesinato.
El acusado y la víctima encontraron trabajo para una misma persona, dueña de dos restaurantes en la localidad, quien, además, les alquiló un apartamento sobre uno de estos locales, lugar donde ocurrieron los hechos el día 17 de mayo de 2023, cuando sobre las 11.00 horas los trabajadores del bar de abajo comenzaron a escuchar gritos de Paula pidiendo auxilio.
Durante una discusión, el acusado "asestó varias cuchilladas con el cuchillo profesional de cocina que días antes había sustraído del bar, hasta causarle la muerte". La mujer "llevaba puesta una mochila en la espalda, pues estaba intentado huir del lugar cuando le asestó la última puñalada mortal, por la espalda". Presentaba 16 heridas.
El dueño y otro compañero fueron a ver qué ocurría y escucharon "débilmente gemir a Paula, por lo que le preguntaron que si se encontraba bien", pero fue el acusado quien respondió diciendo que "no pasaba nada, que solo era una discusión". En un momento dado, el acusado aprovechó que no había nadie en la puerta para salir de la casa, tras haberse cambiado de ropa y lavarse las manos, aunque fue detenido poco después.
El día antes de los hechos, el acusado, dice la sentencia, supo que la mujer estaba en casa de un compañero, con el que tenía una amistad especial, y la llamó para decirle que podía volver a la casa porque se había marchado del apartamento, pero en realidad él "la había estado controlando" y siguiendo, preguntando a taxistas por ella.
Para el Tribunal y los jurados, "le tendió la trampa de decirle que él ya no estaba viviendo en el apartamento que compartían para que ella volviera y poder ejecutar el ataque y posterior muerte de Paula".
Según la sentencia, durante los pocos días que el acusado y la víctima trabajaron juntos en el mismo restaurante ya hubo problemas porque el acusado estaba "celoso". Además, un día que ninguno de los dos fue a trabajar, la mujer le contó a su jefa que había sido porque el procesado "la había pegado, y que ambos consumían drogas".
Para los miembros del jurado y la Audiencia, los hechos constituyen un delito de asesinato, ya que "la intención de matar resulta clara tanto en número de heridas --16-- que presentaba la víctima como por la zona del cuerpo en que se inflinge y el instrumento utilizado, un cuchillo de 19,5 centímetros de largo".
Así, al considerarse probado que el acusado engañó a Paula para que volviera al domicilio diciéndole que se había ido, "lo que no era cierto", consiguió que la misma "confiada" volviera para, una vez allí, ser "atacada" por el procesado, "sin que la misma pudiera oponer eficaz resistencia a dicho ataque no sólo por lo inesperado" sino también por "la evidente desproporción física" con el agresor.
Para la Sala, fue un ataque "totalmente inesperado en la forma concreta en que se produjo". El acusado "planeó y ejecutó el ataque a quien hasta entonces había sido su pareja, empleando medios y en circunstancias tales que se asegurase la producción del resultado por él querido, eliminando toda posibilidad de defensa de la víctima como efectivamente sucedió".
Asimismo, también señala la conducta del acusado respecto de Paula durante todo el tiempo de convivencia, "llegando no sólo a maltratarla físicamente sino también psíquicamente, tratando de controlarla en todo momento, impidiéndole desarrollar actividad laboral alguna fuera de su control, tratando de aislarla" y "denigrándola diciéndole 'sin mí no eres nadie'" y amenazándola, lo que provocó "el lógico temor y desasosiego".
El acusado tras su detención se acogió a su derecho a no declarar en dependencias policiales y en su declaración posterior a presencia judicial sólo contestó a las preguntas de defensa no habiendo reconocido en ningún momento los hechos, por lo que no se le aprecia la circunstancia que atenúa la pena de confesión ni tampoco la de drogadicción.
Además de la pena de prisión, se le impone la privación de la patria potestad respecto al hijo en común con la víctima; prohibición de tener armas por cuatro años; la prohibición de acercarse al hijo y a las personas encargadas de su custodia por tiempo de 15 años; y la medida de libertad vigilada por tiempo de diez años.