Archivo - El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, junto al presidente del Parlamento, Jesús Aguirre, presiden la foto de familia durante el descubrimiento del bustos de Manuel Clavero en el Parlamento, a 13 de junio de 2024. (Foto de archiv - Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo
SEVILLA 5 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Parlamento de Andalucía ha aprobado en la Mesa de su Diputación Permanente un Reglamento que viene a regular su concesión de distinciones y honores, así como sus señales de luto.
Así se recoge en un acuerdo del pasado 26 de marzo de la Mesa del órgano que vela por las funciones del Parlamento en los momentos en los que, como ahora, está disuelto por la convocatoria de elecciones autonómicas, y que ya está en vigor tras su publicación en el boletín oficial de la Cámara andaluza, consultado por Europa Press.
De esta manera, con este reglamento se regula, por una parte, la expedición del carné y de la medalla que se entrega a los diputados del Parlamento de Andalucía, así como se establece "un procedimiento para la concesión de distinciones honoríficas por parte del Parlamento de Andalucía" y se regulan las "señales de luto en la Cámara".
Esta norma prevé, asimismo, "la continuidad de la eficacia de los acuerdos de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 27 de octubre de 1999, sobre creación y normas de concesión de la medalla del Parlamento de Andalucía y sobre normas de entrega y uso de la medalla del diputado del Parlamento de Andalucía, este último en cuanto sea compatible con el Reglamento que ahora aprueba la Mesa", según se precisa en el acuerdo del pasado 26 de marzo.
CARNÉ DE DIPUTADO
Por un lado, el reglamento detalla que a los diputados "les será expedido un carné que permitirá la acreditación" de su condición como tales, "especialmente para facilitar el ejercicio de sus funciones representativas en actos de carácter institucional o protocolario, así como para hacer posible su identificación ante otras personas, instituciones, administraciones públicas o entidades para la realización de actividades vinculadas al ejercicio de sus funciones parlamentarias".
Este carné "deja de tener eficacia cuando se pierda la condición de diputado", si bien "se podrá expedir un carné de exdiputado o exdiputada, a solicitud de la persona interesada, en el que figurará, junto a sus datos personales, la legislatura o legislaturas en las que se hubiera ejercido la condición de diputado", aclara el reglamento recién aprobado.
De igual modo, la nueva norma precisa que "los miembros de la Cámara recibirán la medalla de diputado o diputada del Parlamento de Andalucía en cada legislatura para la que hayan sido designados electos", y podrán utilizarla "como distinción solemne acreditativa de su condición en los actos protocolarios e institucionales organizados por el Parlamento de Andalucía, así como en actos organizados por otras instituciones, administraciones públicas y entidades en los que se pueda estimar procedente, atendiendo a su finalidad, significación y solemnidad".
DISTINCIONES HONORÍFICAS
"Quienes hubiesen ostentado la condición de diputado o diputada del Parlamento de Andalucía podrán conservar su medalla tras la pérdida de su condición", aclara también el reglamento, que, por otro lado, determina que la Cámara autonómica "podrá acordar la concesión de distinciones honoríficas, que podrán consistir en la colocación de placas conmemorativas, en la denominación de salas u otros espacios del Parlamento de Andalucía, en el emplazamiento de bustos en recuerdo de determinadas personas, o en la colocación o entrega de cualesquiera otros signos con fines de homenaje o conmemorativos".
De acuerdo a lo plasmado en este reglamento, el presidente o presidenta del Parlamento acordará el inicio del procedimiento para la concesión de dichas distinciones honoríficas "por propia iniciativa o a solicitud de cualquier grupo parlamentario, con la firma de su portavoz".
"Las personas que tengan la condición política de andaluces o andaluzas y el resto de las personas residentes en Andalucía, o las personas jurídicas con domicilio o establecimiento permanente en la comunidad autónoma, podrán solicitar igualmente la concesión de alguna de dichas distinciones honoríficas, pero para que esta solicitud se pueda tramitar, deberá ser asumida por el presidente o presidenta del Parlamento de Andalucía o por algún grupo parlamentario, con la firma de su portavoz", puntualiza también el reglamento, consultado por Europa Press.
Asimismo, se ha establecido que la solicitud de una de dichas distinciones "deberá ir acompañada de una exposición de los méritos y circunstancias que, en opinión de las personas o entidades solicitantes, justificarían" su concesión.
Además, la Mesa, "en su caso, podrá encargar a los servicios de la Cámara la realización de los informes y las diligencias que estimara convenientes para acreditar los méritos y circunstancias que pudieran justificar la concesión de una distinción honorífica por el Parlamento de Andalucía".
También se detalla que "si la distinción supone la incorporación de un elemento con valor patrimonial al Parlamento de Andalucía, se tramitará el contrato que pudiera corresponder, y en todo caso quedará constancia de los informes de los servicios y de la Intervención General del Parlamento de Andalucía que fueran procedentes".
El reglamento pone por escrito que "corresponde a la Mesa del Parlamento de Andalucía decidir sobre la concesión de las distinciones honoríficas" de la Cámara, mediante un acuerdo que "se adoptará por mayoría absoluta de sus miembros con derecho a voto", y que "no podrá adoptarse" en el caso de que "alguno de sus miembros con derecho a voto se opusiera", indica también el reglamento, que explica además que la concesión de estas distinciones honoríficas del Parlamento "se presentará en un acto de carácter público".
Otras cuestiones relativas a las distinciones del Parlamento que se recogen en este reglamento son que tendrán "carácter exclusivamente honorífico" y, por tanto, de ellas no se derivará "efecto económico alguno".
Por otro lado, el reglamento también contempla que la Mesa de la Cámara pueda "acordar la retirada de las distinciones honoríficas mediante acuerdo motivado" en una serie de supuestos, entre los que figuran que "se hubiera dictado sentencia de carácter condenatorio en el ámbito penal contra la persona o entidad a la que preste homenaje la distinción", o "cuando la persona o entidad distinguida lleve a cabo una actuación contraria a los valores, principios y derechos reconocidos en la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía o que comprometa la dignidad de la comunidad autónoma o del Parlamento de Andalucía".
Asimismo, la Mesa podrá acordar la retirada del carné de diputado o exdiputado, o de la medalla de diputado cuando la persona poseedora de dichas distinciones "se sirva de ellas para fines inadecuados a la dignidad del Parlamento de Andalucía o permita que las utilicen otras personas a efectos identificativos o para otros fines inadecuados a la dignidad" de la Cámara.
El acuerdo de la Mesa para retirar las distinciones "se adoptará por mayoría absoluta de sus miembros con derecho a voto, si bien no podrá adoptarse el acuerdo en el caso de que alguno de sus miembros con derecho a voto se opusiera".
SEÑALES DE LUTO
Finalmente, sobre las señales de luto, el reglamento determina que el Parlamento de Andalucía "enviará un mensaje de condolencia y, asimismo, podrá enviar una corona o centro de flores" en los casos de fallecimiento de personas que hayan sido o sean presidentes del Parlamento o de la Junta, así como diputados o consejeros del Gobierno andaluz.
Además, en casos así, "se podrá ofrecer la posibilidad de instalar la capilla ardiente en el Parlamento de Andalucía", según se recoge en el mismo reglamento.