SEVILLA 11 May. (EUROPA PRESS) -
La juez María Núñez Bolaños ha rechazado el incidente de nulidad que presentó el PP-A contra el auto en el que archivó de manera provisional la pieza separada de los cursos de formación que afecta al consorcio Forman y ha lamentado que este partido induzca "a confusión y error" al hablar de "archivo de autos".
En un auto dictado el 10 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada explica que decretó el sobreseimiento provisional de esta pieza "para evitar el transcurso del plazo en los tiempos que se está a la espera de recepción de documental o informes sin los cuales resulta imposible apreciar justificada la perpetración de delito alguno", y todo ello "en la seguridad de que dichos informes se están elaborando y que serán aportados con nueva información, con lo cual, y tras su estudio, se podrá resolver sobre la continuidad de la causa".
"En ningún momento, y le consta al promovente, se ha acordado el sobreseimiento libre del artículo 637.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, induciendo a confusión y error sobre el contenido de la resolución de la cual se solicita la nulidad al utilizar la palabra ARCHIVO DE AUTOS", asevera la instructora, que insiste en que su auto de archivo provisional, "muy por el contrario de lo alegado y anunciado por el PP, no pretende el ARCHIVO de la causa, sino por el contrario evitar la caducidad de la misma".
La magistrada recuerda que el PP-A promovió un incidente de nulidad contra la resolución donde acordaba el archivo provisional de la pieza referida a Forman invocando la vulneración del artículo 24 de la Constitución Española y, asimismo, que no cabe apreciar el sobreseimiento provisional por ninguna de las dos causas que prevé el artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Frente a ello, la instructora dice que "es evidente" que el sobreseimiento acordado se funda en el número 1 del artículo 641 que dice 'cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa', y ello "hasta tanto no se aporte a este órgano judicial los informes" relativos al examen de expedientes de subvenciones otorgadas al consorcio en cuestión.
"La decisión de sobreseer provisionalmente la causa hasta que se recepcionen los informes acordados se encuentra claramente fundamentada", argumenta la juez, que recuerda que para la elaboración de dichos informes, y a petición de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, se creó un equipo de auxilio judicial tras la solicitud a tal efecto formulada a la Dirección General de Formación por auto de 10 de abril de 2015.
En este auto, la magistrada acordó librar mandamiento a la Dirección General de Formación para el Empleo a fin de que designara funcionarios "para el estudio y posterior emisión de los informes de los expedientes de los que se les hará entrega, para que se informe acerca de los expedientes de reintegro que se hayan iniciado y la evolución que los mismos hayan tenido".
HASTA 2.058 CAJAS ARCHIVADORAS
En este sentido, señala que "la gestión de cada uno de los expedientes supone un enorme trabajo", ya que "estas tareas, para ser llevadas adecuadamente, exigen un alto grado de conocimiento y experiencia sobre los procedimientos y su gestión, que solamente puede ser realizado por funcionarios con la adecuada experiencia en el trabajo administrativo con expedientes de subvenciones".
Al hilo, refiere que el 11 de mayo de 2015 se recibió un oficio en el que la UCO cuantifica el volumen de documentos del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) sobre los que realizar las tareas descritas en el auto de 10 de abril de 2015, tratándose de 2.058 cajas archivadoras estándar custodiadas actualmente en dependencias del SAE bajo precinto judicial.
Asimismo, la juez manifiesta que, por parte de la Dirección General, "dado el volumen considerable de documentación que supone, y teniendo en cuenta las limitaciones de espacio adecuado para su almacenamiento en las debidas condiciones, se solicitó" al Juzgado "posibilitar que la entrega de dicha documentación se haga progresivamente, en función de la capacidad disponible para su custodia en nuestras dependencias y el ritmo de trabajo asumible por la unidad designada para el auxilio judicial requerido".
En el auto de incoación de la causa, la juez recuerda que se acordó unir los resultados que aporte la UCO sobre el consorcio investigado, y con fecha 24 de febrero de 2016, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, se ofició al grupo de trabajo a fin de estudiar estos expedientes de manera individualizada, "remitiendo a esta causa" los que afectan a Forman.
DILIGENCIAS PENDIENTES
Además, y por medio de un oficio de 8 de abril de 2016, "se hace constar por la UCO relación de los expedientes a examinar, tal y como se solicitó de forma paulatina". "Consta pues en las actuaciones que el examen de la documentación acordada en abril de 2015 se está llevando a cabo en colaboración con el equipo de auxilio que fue designado", pone de manifiesto.
Asimismo, el PP-A alegó igualmente que era "incongruente" y "contrario a la lógica jurídica" declarar la especial complejidad de la causa y "sin solución de continuidad" tomar la decisión de archivar provisionalmente esta pieza separada "sin haber practicado ninguna de las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos".
"Le consta al promovente que se han acordado diligencias que aún no se han recepcionado, distinta cuestión es que ahora, aprovechando este incidente, pretenda dejar sin efecto la línea de investigación acordada desde abril de 2014 en resoluciones firmes y consentidas proponiendo ahora una nueva línea de investigación que como dice el fiscal es contradictoria e interrumpe la investigación acordada", concluye.