Publicado 18/03/2022 17:40

Gabilondo advierte de que muchas víctimas de violencia género se quejan de menosprecio policial cuando van a denunciar

Archivo - Teléfono 016 de atención a todas las formas de violencias contra las mujeres
Archivo - Teléfono 016 de atención a todas las formas de violencias contra las mujeres - GOBIERNO DE ASTURIAS - Archivo

El Defensor advierte de que el silencio de la víctima es un factor de riesgo para su integridad física y psicológica

MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Informe Anual del Defensor del Pueblo, que ha sido publicado este viernes, ha advertido de las quejas que recibe la Institución en relación al trato que las víctimas de violencia de género reciben de los funcionarios de policía que, según apuntan, no les ofrecen un trato respetuoso, no creen sus testimonios, o las toman "por locas o por mujeres despechadas".

En el texto, recogido por Europa Press, el Defensor recuerda lo "fundamental" del "acceso a la denuncia" para estas mujeres y el que los recursos humanos y materiales necesarios en las unidades de familia y mujer de la Policía Nacional" estén asegurados para "agilizar" la tramitación de atestados.

"Hay que garantizar la aplicación del protocolo de atención a las víctimas en todas las dependencias policiales cuando se las atiende, evitando una doble victimización, que se desaliente a las víctimas de denunciar a sus agresores o que desistan del ejercicio de sus derechos", recoge la Institución en el informe.

A su juicio, las mujeres "no pueden seguir lamentándose porque los policías que las atienden no las creen, porque menosprecian su testimonio o porque los consideran exagerados".

QUEJAS AL DEFENSOR SIN DENUNCIA PREVIA

De hecho, el texto explica que, "en la mayoría de los casos, las víctimas piden ayuda al Defensor del Pueblo, sin haber llegado siquiera a denunciar, por miedo o por ignorar los sistemas existentes".

"Para el Defensor del Pueblo, el silencio de la víctima es un factor de riesgo para la vida y la integridad física y psicológica de las mujeres maltratadas y continuará trabajando para facilitar el momento de la denuncia y para que la Administración no genere una doble victimización que incremente el temor de la víctima ante su situación", apunta.

Además, sobre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, indica que, al ser en muchas ocasiones los primeros contactos con la situación, deben dar cumplimiento y respetar los protocolos de atención a las víctimas de violencia de género en todas las comisarías y dependencias policiales y el Ministerio del Interior debe garantizarlo mediante medidas de inspección y vigilancia y mediante la extensión de la formación especializada en tratamiento de víctimas de violencia de género para todos los funcionarios.

AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO DE VIOLENCIA

Del mismo modo, la Institución señala que no se ha producido un "cambio sustancial y definitivo en la definición del concepto de víctima" de esta lacra, tal y como se había recomendado desde el propio Defensor, y se mantiene "la restricción al ámbito afectivo de pareja".

En este sentido, ha recordado que ha registrado también en 2021 quejas por el incumplimiento del Convenio de Estambul en esta materia, así como por "la limitada atención que reciben las víctimas de violencia de género en España" debido a esta única atención a la que se produce en el seno de la pareja o la expareja.

Por otra parte, se ha referido a las quejas recibidas por "dilaciones injustificadas" a la hora de dictar sentencia en casos de esta lacra o "una interpretación restrictiva de la ley" o de "los derechos reconocidos a las víctimas" o a medidas relacionadas con su reparación.

En este sentido, la Institución recuerda que estos delitos y la eficacia de las políticas de persecución penal dependen en gran medida de una adecuada interpretación y aplicación de la ley, y de una rápida actuación de la Justicia para la mejor protección a las víctimas.

En todo este proceso, apunta el informe, se han detectado áreas de mejora, como en las herramientas de valoración de riesgo; en los instrumentos para seguimiento de los casos con medidas cautelares o después de las sentencias de divorcio; en el propio proceso de enjuiciamiento y en la adopción de medidas cautelares por parte del juez, o en la intervención del ministerio fiscal en los casos en los que hay menores involucrados.

"En algunos casos se han detectado deficiencias en la formación en violencia de género de los abogados del turno de oficio, sobre todo en relación con temas de familia y de gestión de ayudas públicas", recoge el texto.