Actualizado 02/01/2013 16:06

Audiencia Provincial de Cantabria absuelve por falta de pruebas a un hombre acusado de abusos sexuales a una menor


SANTANDER, 2 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto por falta de pruebas a un hombre acusado de un delito de abusos sexuales a una menor, para el que el Ministerio Fiscal pedía cuatro años y un día de prisión, y prohibición de acercarse a la supuesta víctima durante cinco años.

La sentencia, de la sección Primera de la Audiencia, considera probado que el acusado, de 38 años, y su mujer mantenían una relación de amistad desde hace varios años con la madre de la niña, que tenía otra hija, también menor, con las que habían comido juntos en ocasiones en sus respectivos domicilios.

Sin embargo, no considera acreditado que el acusado se quedase sólo con la niña, ni que la hiciese objeto de "tocamientos libidinosos".

Así, señala que en el juicio oral se interrogó al acusado, se aportó la testifical de la madre de la menor, el testimonio de su abuela paterna y de su padre, así como la pericial psicológica, que se ratificó en el sentido de no haber sido posible realizar el análisis de la credibilidad de las declaraciones.

Además, se reprodujo una grabación con las entrevistas individuales realizadas a la menor y a su hermana, cuyos testimonios, según la Audiencia, no pueden valorarse como prueba de cargo para justificar una condena.

Señala además que la exploración de la menor carece de interés a los efectos de tener por acreditados los hechos denunciados, y el testimonio de su hermana, que aseguró que el acusado besó a la niña y "le chupó el pesetín", es "insuficiente" para destruir la presunción de inocencia de aquel.

En este sentido, destaca que, por un lado, es imposible que la hermana viera algo estando cerrada la puerta de la habitación donde supuestamente habían ocurrido los hechos, y por otro "se contradice" al sostener unas veces que lo vio a través de la puerta y otras que lo sabía porque se lo había contado su hermana, que "nada contó" sobre el asunto en la única exploración que se grabó.

Por todo ello, absuelve al acusado y declara de oficio las costas procesales, dejando sin efecto las medidas cautelares adoptadas en su momento.