Aplazado hasta marzo de 2022 el nuevo juicio por el derribo de la Casa Duclós de Huelva

Archivo - Restos tras el derribo de la casa en una imagen de archivo.
Archivo - Restos tras el derribo de la casa en una imagen de archivo. - AYUNTAMIENTO DE HUELVA - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: jueves, 2 septiembre 2021 17:33

HUELVA 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

El nuevo juicio por el derribo de la Casa Duclós en 2018, emblemático inmueble que se encontraba ubicado en el Parque Moret de Huelva, se ha aplazado hasta el día 9 de marzo de 2022 tras ser suspendido por la incomparecencia de testigos "clave" para la causa, debido a diferentes cuestiones.

Así lo han indicado a Europa Press desde la Fiscalía, apuntando que la nueva fecha de juicio se señaló este miércoles en el Juzgado de lo Penal número 4. El mismo se celebrará después de que la Audiencia Provincial estimara los recursos del Ministerio Fiscal y del Ayuntamiento de Huelva contra la sentencia absolutoria hacia una de las propietarias de la casa --que se produjo en mayo de 2020 al considerar el juez de la causa que no había quedado demostrado la perpetración del delito-- y decretara la nulidad de la misma.

De este modo, la sentencia absolutoria consideraba que el Ayuntamiento no hizo efectivo "el pago total" del justiprecio establecido para la vivienda, "por lo que no podemos entender que se haya producido la transmisión de la propiedad" y que había que "apreciar un error de tipo en la acusada, la cual no podía saber que la vivienda era propiedad del Ayuntamiento de Huelva y que estaba causando daños en un bien ajeno".

En este contexto, tras los recursos presentados, la Audiencia indicó que el razonamiento del juez era "totalmente contradictorio, cometiendo errores de valoración en los elementos fácticos del asunto" y que en la sentencia "no se toma en consideración documentos obrante en autos que pueden llevar a la conclusión contraria".

Asimismo, el escrito de la Audiencia Provincial recogía que debía tenerse en cuenta "que no estamos, como parece entender el juzgador, ante una compraventa regulada por el Código Civil sino ante una expropiación forzosa, acordada imperativamente, conforme a lo dispuesto por la Ley de Expropiación forzosa de 1954".

El juicio contra esta persona se celebró en febrero de 2020 y en el mismo se enfrentó a una petición de dos años de cárcel por parte de la Fiscalía, que se elevaba hasta los tres en el caso de la acusación particular, que ejercía el Ayuntamiento de Huelva.

El fiscal pedía que pagara una multa de 15.000 euros y una indemnización al Ayuntamiento de 433.124,09 euros, 418.648,47 euros por el valor de reposición del inmueble derribado y 14.475,62 euros por los gastos derivados de las labores posteriores a la demolición.

En el recurso presentado por la Fiscalía se recogía como hechos probados que la acusada, en su nombre y en el de sus hermanas, (todas propietarias) de la Casa Duclós tuvo una serie de pleitos con el Consistorio, llegándose finalmente para su expropiación a un justiprecio a su favor de 207.147 euros por la vivienda y 400.571 euros por la parcela en su totalidad, además de otros conceptos por premio de afección y construcciones auxiliares. No obstante, la acusada no firmó el acta.

Así las cosas, desde el año 2005 hasta el año 2017 "se realizaron varias gestiones para intentar el desalojo del inmueble, pero por distintos motivos, no fue sino hasta el 8 de marzo de 2017 cuando se firmó por la acusada un compromiso de desalojo voluntario con un plazo de moratoria que finalizaba el 8 de julio de 2017".

La acusada, con fecha 6 de julio de 2017 contactó con una empresa para la demolición de la vivienda, en la creencia de que "la vivienda carecía ya de valor e interés para el Ayuntamiento de Huelva".

Sin embargo, la Fiscalía subrayó en su recurso que esta persona tenía "el pleno conocimiento de la ilicitud de su proceder y la voluntad de llevar a cabo la acción típica, como lo revela el hecho de que asépticamente se personara el día 10 de julio de 2017 a entregar las llaves de un inmueble que había demolido dos días antes sin realizar la más mínima alusión a la inexistencia del bien cuyas llaves se entregaban finalmente".

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