Archivo - El Centro de Ensayos de Sistemas no Tripulados (CEUS) del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA). - A. Pérez - Archivo
HUELVA 11 May. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes el convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial 'Esteban Terradas' y la Junta de Andalucía, para establecer el modelo de gestión, financiación, funcionamiento y explotación del Centro de Ensayos de Sistemas No Tripulados (CEUS) de Moguer (Huelva).
Según indicado el convenio, consultado por Europa Press, y firmado entre el consejero José Carlos Gómez Villamandos y el director general del INTA, Enrique Campo Loarteel, el objeto del mismo es el establecimiento del marco de gestión, financiación, funcionamiento y explotación del Centro de Ensayos de Sistemas No Tripulados (CEUS), así como la participación de las partes en los órganos de gobierno y en la toma de decisiones de aquellos proyectos científico-técnicos y actividades que se desarrollarán en el Centro.
Además, se establece que el CEUS tiene por objeto la realización de actividades de investigación, desarrollo, experimentación, ensayo y certificación en el ámbito de los sistemas aéreos no tripulados, además de ser una infraestructura tecnológica propiedad del INTA, cogestionada por ambas partes, en el marco del objeto de este convenio.
Así, el convenio establece que el centro dependerá orgánica y funcionalmente de la Subdirección General de Sistemas Aeronáuticos del INTA o de la Unidad que determine la propia organización interna del instituto.
Así, entre las funciones del mismo se encuentra proporcionar apoyo técnico y logístico en la experimentación de sistemas de vuelo no tripulados, en el ámbito de operación civil o dual; prestar apoyo al desarrollo de los ejercicios de entrenamiento de operadores de sistemas de vuelo no tripulados en el ámbito civil o dual; dar soporte técnico y logístico a las actividades de investigación e integración de cargas útiles en aeronaves diversas, fundamentalmente no tripuladas.
También, entre sus fines se encuentra dar soporte a los nuevos desarrollos en el campo del control de tráfico aéreo de aeronaves tripuladas y no tripuladas; y proporcionar apoyo técnico y logístico en las diferentes actividades asignadas y desarrolladas por el Centro.
Además, el acuerdo señala que el INTA "asumirá la responsabilidad de mantenerlo en óptimas condiciones de seguridad y operatividad, realizando obras de renovación o reforma cuando sean necesarias para garantizar el uso para el que fue construido". Además, el INTA se reserva el derecho de ocupación y uso prioritario del Centro para "cumplir con actividades o proyectos de interés para la Defensa Nacional".
ESTRUCTURA
Para llevar a cabo el objeto de este convenio, el CEUS se organiza mediante los siguientes órganos: Jefatura del Centro; Comisión de Coordinación del Centro y Comité Científico del Centro.
En este sentido, el jefe del centro será designado por el director General del INTA y dependerá orgánicamente del subdirector general de Sistemas Aeronáuticos o de la Unidad que determine la propia organización interna del Instituto. La jefatura será desempeñada por personal del INTA, que sea funcionario de carrera o militar, cuyo nivel o rango dependerá de la naturaleza y actividad de dicho Centro. Su cometido principal es llevar a cabo la administración, operación y dirección de la actividad diaria del Centro.
Además, las funciones la Jefatura del Centro son definir los objetivos del Centro; promover la participación en proyectos y programas; gestionar los aspectos técnico-administrativos y económicos de los proyectos y programas de actividad; gestionar los medios materiales y personales asignados; la coordinación; elaborar la propuesta del plan anual; elaborar la propuesta del plan presupuestario anual del ejercicio siguiente, entre otras funciones.
Por otro lado, la Comisión de Coordinación del Centro estará compuesta por dos miembros designados por el director general del INTA y dos miembros designados por la Junta de Andalucía. La Presidencia será ejercida anualmente por uno de los integrantes anteriormente citados y de forma alterna, y corresponde al INTA el primer ejercicio.
Las funciones que corresponderán a la Comisión de Coordinación son aprobar en la primera sesión ordinaria los objetivos del centro, el plan anual; el plan presupuestario anual; el nombramiento de los vocales del Comité Científico y la memoria anual del Centro.
Además de conocer y aceptar la realización de nuevos proyectos y actividades a incorporar en el plan anual de actuación vigente, proponer el establecimiento de acuerdos y convenios con otras instituciones dentro del ámbito de actuación de este convenio y realizar el seguimiento, vigilancia y control del convenio.
La Comisión de Coordinación se reunirá, al menos, dos veces al año en sesión ordinaria y, con carácter extraordinario a petición de alguna de las partes, en cuyo caso, incluirán en su petición los puntos del orden del día solicitados.
Por otro lado, el Comité Científico es el órgano técnico de asesoramiento en el ámbito científico-tecnológico y estará compuesto por cinco vocales designados por unanimidad por la Comisión de Coordinación entre los principales agentes del conocimiento a nivel nacional, prioritariamente de Andalucía, en el ámbito de los sistemas aéreos no tripulados. Anualmente se revisará la composición de dicha comisión, que podrá ser renovada en su totalidad.
Las funciones que corresponden al Comité Científico son proponer prioridades científico-tecnológicas, en el ámbito de aplicación de este convenio, para su evaluación y posible inclusión en el plan anual de actuación del Centro por la Comisión de Coordinación; evaluar anualmente los resultados de índole científico-tecnológico del Centro y asesorar a la Comisión de Coordinación en cualquier cuestión del ámbito científico-tecnológico.
Por otra parte, el convenio señala que se realizará "un especial seguimiento" de aquellos proyectos y actividades que vayan a ser llevados a cabo por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. En el caso en que estos proyectos o actividades no formen parte del plan anual de actuación vigente, y para evaluar su posible incorporación al mismo, se requerirá, con carácter previo a la aprobación, un informe favorable de la Jefatura del Centro sobre su viabilidad técnica y económica, en función de la disponibilidad de recursos y carga de trabajo del Centro.
Para la financiación del CEUS, y a los efectos de este convenio, las partes acuerdan que los gastos directos e indirectos serán atendidos por el INTA, aportando para ello anualmente la Administración de la Junta de Andalucía al INTA un máximo de 100.000 euros para gastos corrientes, durante la vigencia del presente convenio.
La aportación de la Junta de Andalucía se revisará de manera anual y esta aportación será igual a los gastos corrientes previstos para el Centro, con un máximo de 100.000 euros anuales, y se realizará mediante un pago en firme. Para la aprobación de esta aportación se requerirá certificación por parte del INTA de las necesidades financieras del CEUS en lo referente a los gastos corrientes del año de aplicación.