Aprobado el plan de reforma interior para el desarrollo del ámbito de Marqués de la Paniega en Ciudad Jardín

La portavoz del equipo de Gobierno, Elisa Pérez de Siles, en rueda de prensa
La portavoz del equipo de Gobierno, Elisa Pérez de Siles, en rueda de prensa - AYUNTAMIENTO
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 14 abril 2026 13:53

MÁLAGA 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga ha aprobado de forma inicial el Plan de Reforma Interior del SUNC-O-PD.9 'Marqués de la Paniega', ubicado en el distrito de Ciudad Jardín y promovido por Málaga Río Residencial, S.L.

Se trata de un ámbito que cuenta con una superficie total de 6.197,00 metros cuadrados (m2), correspondiendo 4.322,00 m2 a la superficie con aprovechamiento y 1.875,00 m2 al suelo público, según ha informado en rueda de prensa la portavoz del equipo de Gobierno, Elisa Pérez de Siles.

El objeto del Plan de Reforma Interior es el desarrollo del ámbito a través de la modificación de la ordenación prevista en el PGOU para, según recoge la memoria del proyecto, la integración de los suelos en una operación de remodelación configurando un nuevo espacio.

VIVIENDAS

La ordenación propuesta prevé un total de 108 nuevas viviendas, 35 de ellas protegidas, con una altura de planta baja más 9; 2.231, 62 m2 de espacios libres, 1.421,09 m2 de uso público; y 1.786,92 m2 de viario.

Por su parte, la ordenación propuesta crea una plataforma comercial con un sótano destinado a aparcamientos obligatorios, sobre la cual se proyectarán dos edificios: uno destinado a viviendas de protección oficial y otro a viviendas libres, con espacios libres tanto públicos como privados. El basamento de la edificación soluciona el desnivel entre el eje urbano principal de la calle Emilio Thuiller y la calle Comendador Bobadilla, conectando con la calle Sancho Miranda.

Por último, el documento recoge el compromiso de cesión obligatoria y gratuita al Consistorio de la superficie de los terrenos, urbanizados, para materializar la parte de aprovechamiento urbanístico lucrativo correspondiente a al Ayuntamiento en concepto de participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la actividad pública de planificación y que asciende, en este caso, al diez por ciento (10%) del aprovechamiento.

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