Archivo - Mesa electoral en imagen de archivo. - Eduardo Briones - Europa Press - Archivo
SEVILLA, 12 May. (EUROPA PRESS) -
La cuenta atrás para las elecciones andaluzas ya ha comenzado. Los comicios se celebrarán el próximo domingo, 17 de mayo, una fecha especialmente relevante para la comunidad y, en particular, para la ciudadanía convocada a formar parte de las mesas electorales. Una de las dudas más frecuentes en este contexto es si es posible renunciar al cargo y qué ocurre en caso de no poder acudir.
En este sentido, la normativa contempla un procedimiento para presentar alegaciones ante las Juntas Electorales de Zona (JEZ) en los días previos a la jornada electoral. Tal y como recoge el Manual de Instrucciones para la formación de las mesas electorales, consultado por Europa Press, existe un plazo mínimo de 72 horas antes de la constitución de las mesas --en torno a las 08,00 horas del 15 de mayo-- para que los designados puedan comunicar su imposibilidad de desempeñar el cargo, siempre que exista una causa justificada.
Además, en el caso de que surja una causa sobrevenida, los miembros de la mesa podrán notificar su situación de imposibilidad hasta antes de las 08,00 horas del 17 de mayo, es decir, el mismo día de la votación.
¿CUÁNTO SE COBRA POR ESTAR EN UNA MESA ELECTORAL Y SE LIBRA EN EL TRABAJO?
En el caso de las elecciones a la Asamblea Legislativa de una comunidad autónoma, las compensaciones económicas para los miembros de las mesas electorales son fijadas por el Consejo de Gobierno correspondiente, tanto para la Junta Electoral de la comunidad como para los órganos de ámbito inferior. Así lo establece el real decreto publicado por la Junta de Andalucía en esta materia, consultado por Europa Press.
Para las próximas elecciones al Parlamento de Andalucía, las personas designadas para integrar las mesas electorales --presidencia y dos vocalías-- recibirán una dieta de 70 euros por su participación, cinco euros más que en los comicios de 2022, cuando la cuantía era de 65 euros por persona.
Además de esta compensación económica, los miembros de las mesas tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones.
Asimismo, se contempla un permiso retribuido durante la jornada electoral para aquellos trabajadores por cuenta ajena o empleados públicos cuya jornada coincida con el día de la votación. Igualmente, quienes participen en las mesas electorales están protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a las posibles contingencias derivadas de su desempeño en el proceso electoral.