SEVILLA 4 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre a indemnizar con 3.000 euros a una paciente a la que se considera probado que aplicó actos sanitarios en una consulta de osteopatía sin disponer de la titulación académica necesaria de Fisioterapia.
De esta manera, la Audiencia considera a este hombre autor de un delito de intrusismo tipificado en el artículo 403 del Código Penal, por el que le impone además el pago de una multa de diez euros diarios durante diez meses.
Así lo recoge la sentencia, fechada el pasado 23 de noviembre y consultada por Europa Press, que puede ser recurrida en casación y que se apoya en el testimonio de la propia perjudicada y de los profesionales sanitarios que prestaron declaración en el juicio.
De esta manera, la sentencia considera probado que el ahora condenado --al que la Fiscalía y una acusación particular imputaban también supuestos delitos de abusos sexuales que no han quedado acreditados-- atendió el 25 de febrero de 2012 a la referida paciente "en la consulta que tenía" en un centro de osteopatía del que "era director técnico", en la provincia de Sevilla, y "en la que anunciaba en una página web que aplicaba técnicas manuales de quiromasaje, osteopatía integral, reflexología podal, kinesiología aplicada y masaje deportivo".
Tras referirle la paciente que "tenía dolores en la zona de la espalda y el glúteo derecho", procedió en una de las sesiones "a la manipulación del coxis" de la usuaria "sin que esta dolencia hubiera sido diagnosticada por un profesional sanitario y tuviera la capacitación profesional reconocida por el correspondiente título para llegar a esa conclusión y actuar en consecuencia", según reza el relato de hechos probados de la sentencia.
Así las cosas, el tribunal de la Audiencia remarca que el condenado "procedió al diagnóstico de una dolencia en la articulación sacrococcígea sin poseer el correspondiente título académico reconocido, y a la posterior manipulación rectal, siendo aquel acto reservado a los profesionales sanitarios".
La sentencia añade además que este hombre había sido "condenado con anterioridad por intrusismo" también, y que "está cursando en la actualidad la disciplina académica de Fisioterapia para obtener la titulación de la que carecía".
El tribunal de la Sección Primera justifica la imposición de la referida indemnización a la paciente por "el ilícito proceder del acusado como consecuencia del diagnóstico y técnica manipulativa que no debió haber efectuado y respecto a la que no consta su consentimiento, que por su carácter más invasivo, sobre todo al haber supuesto un contacto físico muy acentuado (...) ha supuesto un sentimiento más intenso de vulneración de su intimidad, pues si bien esta intromisión se acepta cuando tiene lugar en su contexto de confianza paciente profesional que está procurando la curación de sus dolencias, se representa como inaceptable cuando esta justificación se desvanece".
VALORACIÓN DEL COLEGIO DE FISIOTERAPEUTAS
En una nota, el presidente del Colegio de Fisioterapeutas de Andalucía --institución que ha actuado como acusación particular en este procedimiento--, Miguel Villafaina, que intervino también como testigo en el juicio, ha resaltado que "esta es la segunda sentencia condenatoria por intrusismo profesional obtenida en Sevilla en el año 2015, en la que sin duda ha resultado fundamental la colaboración ciudadana".
Así, ha valorado que, "afortunadamente, los tribunales están avalando la salud como un bien jurídico de especial protección, y que tan solo los profesionales sanitarios puedan tratar las lesiones y dolencias de los pacientes".
Villafaina ha destacado que el condenado "también fuese profesor de las técnicas que practicaba en una academia de osteopatía, habiendo obtenido, a su vez, formación en otra de las academias que más publicidad hace de sus enseñanzas", y que "ahora se revelan como un engaño, al demostrarse que no es posible desarrollar legalmente muchas de las actividades para las que forman".
A la vista del contenido de la sentencia y del hecho de que el centro que dirige el ahora condenado "no ha sido nunca sancionado por los servicios inspectores de la Consejería de Salud", Miguel Villafaina ha asegurado que "el Colegio de Fisioterapeutas estudiará nuevas medidas legales, y la petición de una mayor implicación, tanto de la ciudadanía en la denuncia de casos similares, como de las autoridades en defensa de la salud de los ciudadanos y el control de los profesionales que los tratan".