Archivo - Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía). - EUROPA PRESS - Archivo
GRANADA 28 May. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado un año y nueve meses de prisión para un hombre por un delito continuado de agresión sexual al aprovechar que su sobrina acudía a su casa en verano para bañarse en su piscina y "rozar" sus genitales con la menor, así como otros episodios en este sentido que sucedieron mientras la niña pasaba tiempo con su prima en la casa del investigado.
Según el relato de hechos probados de la sentencia recurrida, que ha sido aceptado por el TSJA, los hechos se remontan a los veranos de 2016 y 2019, cuando la familia "acudía con frecuencia" a la vivienda de la tía materna de la menor, ya que la misma tenía piscina.
De esta manera, el encausado "aprovechaba cuando se encontraba a solas o apartado con la menor, y con ánimo libidinoso, cuando la niña se encontraba de espaldas al mismo y debajo del agua", mientras se encontraba en la piscina, la atraía hacia él y llegó a realizar rozamientos genitales. La niña no dijo nada al resto de adultos, aunque adoptó "una actitud de rehuir a su tío".
Posteriormente, ya en el año 2020, la menor se quedaba a dormir con frecuencia en casa del acusado por estar en las inmediaciones del centro escolar al que asistía junto a su prima, esta es la hija del investigado, con quien mantenía una "estrecha relación".
En un día indeterminado entre enero y febrero del referido año, durante la madrugada y "aprovechando que la niña estaba durmiendo junto a su hija en un sofá en el salón de la vivienda, se acercó al mismo y con ánimo libidinoso comenzó a tocar a la menor sus genitales por encima del pijama que llevaba puesto".
Al despertar, le comentó a la chica que estaba buscando un mechero o unas llaves y volvió a su cuarto. La joven despertó a su prima y le comentó lo sucedido, pero, finalmente, decidió guardar silencio.
En contexto, el acusado ha consignado la cantidad de 6.000 euros que se le reclamaba como importe de la responsabilidad civil, ello previo a la celebración de la vista oral.
Así, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó sentencia en la que condenaba al hombre como autor de un delito continuado de agresión sexual a un año y nueve meses de prisión.
Además, debía indemnizar a la víctima en concepto de responsabilidad civil en la cantidad de 6.000 euros por los perjuicios ocasionados, una cantidad que se declaró ya extinguida por pago, como se ha referido anteriormente.
La defensa del investigado interpuso entonces un recurso de apelación, que contó con la oposición del Ministerio Fiscal.
Al hilo, el TSJA ha valorado que "a pesar de las objeciones del recurrente, es obvio que existe una persistencia en la incriminación respecto a los hechos denunciados", misma vez que ha tenido en cuenta que "la niña ha mantenido que el acusado aprovechaba los baños conjuntos en la piscina para aproximar su cuerpo al de ella y rozar sus genitales con su zona íntima".
Asimismo, la Sala ha expresado que si bien "el relato del acusado apuntaba a un roce fortuito en el sofá al coger unas llaves perdidas, queda desmentida por la propia declaración de la menor, que afirmó de manera firme y sin titubeos el carácter intencional del contacto".
Por su parte, ha estimado la "convicción" obtenida por la Audiencia Provincial "asentada sobre pruebas de cargo de inequívoco contenido incriminatorio" que "resulta lógica y coherente". Por ello, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del investigado y ha confirmado la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla.