Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 31/07/2010 11:06
Tribunales

Derivan al TSJA actuaciones contra el alcalde de Berja por la construcción del espigón de Balanegra

   El Juzgado de Primera instancia e Instrucción número 2 de Berja (Almería) se ha inhibido del procedimiento por el que incoó diligencias previas contra el alcalde de este municipio, Antonio Torres (PP), y la alcaldesa de la Entidad Local (ELA) de Balanegra, Mercedes Tapia (PP), al considerar que pudo haber indicios de delito en la construcción en 2009 de un espigón que fue demolido apenas cuatro meses al haberse ejecutado en zona de dominio público marítimo-terrestre sin la preceptiva autorización, de forma que dio traslado de las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dada la condición de aforado de Torres, quien ostenta un escaño en la Cámara autonómica desde 2007.

   Así lo indica el auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se recoge la presunta comisión por parte del regidor virgitano de un delito contra la ordenación del territorio, una acusación practicada a raíz de la denuncia de oficio interpuesta en enero del pasado año por la Fiscalía Provincial de Almería, así como también por parte de los miembros del grupo municipal del PSOE.

   La Entidad Local Autónoma procedió hace casi dos años a la construcción de un espigón entre las playas de Balanegra y Balerma, en el término municipal de El Ejido, ante la pérdida de arena en el litoral de la zona. Desde el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) se consideró que la Administración local había actuado "sin criterio" por las "graves consecuencias para la costa" y calificó la medida como "la peor solución de todas las posibles".

   De esta forma, el citado departamento, a través de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa, ordenó entonces la inmediata paralización de la obra y abrió expediente al Ayuntamiento virgitano, la ELA y a la empresa constructora, que, finalmente, debió correr con los gastos de la actuación que se ejecutó de forma subsidiaria por la Administración.

   El MARM, tras tramitar la recuperación del dominio público marítimo-terrestre, inició el 29 de abril de 2009 los trabajos de demolición de la construcción "ilegal" realizada con piedras de escollera para devolver la normalidad a la zona litoral después de que ninguna de las entidades afectadas recurriese la resolución.

   Un estudio oficial sobre la dinámica litoral en el tramo de costa comprendido entre Adra y Balanegra desaconsejaba para la playa de Balanegra actuaciones como la construcción de espigones por los elevados impactos negativos que este tipo de obras de defensa ocasionarían a largo plazo. En concreto, se auguraba que el impacto sería "muy negativo" al provocar erosiones "que requerirían intervenciones adicionales".

   (EUROPA PRESS)

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