Actualizado: martes, 19 julio 2016 16:56

La Fiscalía concluye que las resoluciones de exceptuación de la formación "no exoneraban de justificar" a los beneficiarios

SEVILLA, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción no aprecia delito alguno en las denominadas resoluciones de exoneración o exceptuación de los cursos de formación, ya que "no sólo no exoneraban de justificar, sino que según los datos que obran en la causa se hicieron sobre expedientes en los que las entidades ya habían justificado y estaba pendiente del dictado de la resolución por el órgano gestor".

En un escrito fechado el día 6 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público se opone al recurso del PP-A contra la providencia en la que la juez María Núñez Bolaños dejó sin efecto el auto de 15 de junio de 2015 en el que Mercedes Alaya "ordenó unas imputaciones basándose en los indicios obtenidos de la llamada operación 'Barrado'" desarrollada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

El día 15 de junio de 2015, la juez Alaya dictó dos autos en los que, respectivamente, solicitaba nuevos datos sobre el "entramado" empresarial del exconsejero de Hacienda Ángel Ojeda e imputaba a los exconsejeros de Empleo Manuel Recio y de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Antonio Ávila por dos presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

En este sentido, el fiscal Fernando Soto entiende que, con la citada providencia, "se pone orden en todo lo actuado, solicitando se informe por la UCO del curso de las investigaciones, que hasta ahora se habían centrado en la denominada quinta línea de investigación relativa" al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), una línea de investigación que se inició tras el informe de control financiero permanente de 2012 del SAE.

Según el fiscal, esta línea de investigación, junto a la llamada operación 'Barrado', "determinó la imputación y detención de los ocho delegados del SAE de las provincias, además de la imputación de los jefes de servicio, ello junto a la previa imputación" del exconsejero de Empleo Antonio Fernández "por la elaboración de las denominadas resoluciones de exceptuación o exoneración".

"El auto dejado sin efecto imputó a exconsejeros de la Junta por los mismos motivos", expone el Ministerio Público, que añade que, "a pesar de dejar sin efecto el auto de 15 de junio de 2015, posteriormente se han practicado numerosas diligencias, entre ellas, se han oído a los interventores provinciales, algunos jefes de servicios provinciales, interventor general y director general del SAE, además de recabar numerosa documentación".

Pues bien, la juez, "lejos de dejar sin efecto sin más unas imputaciones, ha continuado y profundizado en las investigaciones, de tal manera que a estas alturas resta apenas la interventora de Sevilla para culminar su instrucción", por lo que considera que "en el espíritu de la providencia recurrida se hallaba la intención de precisar el contenido de las imputaciones dejadas sin efecto, ahondando en la investigación hasta fijar con claridad los hechos".

"La imputación efectuada lo es exclusivamente por el dictado de las denominadas resoluciones de exoneración de los expedientes de subvenciones, además de otras cuestiones de naturaleza administrativa y políticas", dice, agregando que dichas resoluciones "con el tiempo han demostrado no ser tales exoneraciones para el beneficiario", sino que "obedecen más bien a una lógica interna".

Y es que, "como quiera que las labores de liquidación y justificación del órgano administrativo se solapaban con la nueva acción formativa y con otra subvención ya concedida, la misma eximía de este requisito para el pago de la nueva, no la concesión de una nueva subvención, sino solo el pago", asegura el fiscal.

A su juicio, las resoluciones de exoneración de los expedientes de subvenciones analizados "no sólo no exoneraban de justificar, sino que según los datos que obran en la causa se hicieron sobre expedientes en los que las entidades ya habían justificado y estaba pendiente del dictado de la resolución por el órgano gestor, dictado del certificado de finalidad del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía (RIJA), artículo 41, y liberación del pago del 25 por ciento, con el documento contable J".

Por ello, "tenía lógica aclarar e investigar tales cuestiones previo a la imputación de los consejeros en el referido auto, posponiendo en su caso su imputación a la completa instrucción sobre los hechos de la misma", finaliza la Fiscalía Anticorrupción, que asevera que, "una vez culminada la instrucción, se acordará sobre la misma".

El pasado 22 de junio, ya trascendió que la juez María Núñez Bolaños archivará la pieza 'política' de los cursos de formación financiados con fondos de la Junta de Andalucía, que afecta a 24 exdirigentes del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), entre ellos el exconsejero de Empleo Antonio Fernández o los ex delegados del ramo en las ocho provincias andaluzas.

Fuentes judiciales ya indicaron a Europa Press que la magistrada dictará en los próximos meses un auto en el que archivará la referida pieza, una de las nueve en que dividió la causa en diciembre del pasado año 2015, al no apreciar delito y considerar que únicamente se habrían cometido irregularidades administrativas.

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