La Audiencia Nacional investiga a dos municipios catalanes por apoyar la resolución independentista

Actualizado: miércoles, 2 diciembre 2015 12:25

Andreu y Pedraz solicitan las mociones aprobadas por si podrían constituir los delitos de rebelión o sedición

MADRID, 2 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional investiga a los Ayuntamientos de La Seu d'Urgell (Lleida) y Celrà (Girona) para determinar si los miembros de sus respectivos plenos pudieron cometer los delitos de rebelión o sedición al aprobar una moción de apoyo a la resolución independentista del Parlamento de Cataluña suspendida por el Tribunal Constitucional, informaron fuentes jurídicas.

Los magistrados Fernando Andreu y Santiago Pedraz, respectivamente, han incoado diligencias previas de investigación a instancias de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y han reclamado a las dos corporaciones las resoluciones que aprobaron y el expediente administrativo correspondiente a las mismas.

El Ministerio Público defendió la competencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos al tener entre sus facultades la persecución de los delitos contra la forma de Gobierno, en los que se enmarcarían los delitos de rebelión y sedición.

En un auto dictado el pasado 30 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Pedraz reclama al Ayuntamiento de Celrà la resolución adoptada por el pleno, los informes que elaboraron el secretario y el interventor de la Corporación y la documentación disponible sobre estos hechos.

En la misma línea, según fuentes jurídicas, el magistrado Fernando Andreu se dirigió al Ayuntamiento de La Seu d'Urgell para reclamarle la moción aprobada por el pleno y el expediente completo de esa resolución.

INFORMES A LOS MOSSOS

El día 5 de noviembre el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, dictó una orden en la que solicitaba a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluidos los Mossos d'Esquadra, que le informaran de todos los delitos que pudieran cometerse si el TC "invalidara y dejara sin efecto" la resolución aprobada el 9-N por el Parlamento catalán.

Según Zaragoza, la ejecución del "mandato ilegal" aprobado por el Parlamento catalán podría ser constitutiva de delitos contra la forma de Gobierno (sedición y rebelión) y contra Altos Organismos del Estado, que son competencia de este tribunal, así como de otros como prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y uso indebido de fondos públicos, que asumiría por conexidad con los anteriores.

La orden, remitida a los mandos de los Mossos d'Esquadra, la Policía Nacional y la Guardia Civil, entre otros, recordaba que la Audiencia Nacional no es competente para perseguir a aforados (diputados del Parlamento, presidente y miembros del Gobierno catalán) pero sí para investigar la actuación de "autoridades, funcionarios o particulares" que participen en estas acciones.

El escrito destacaba la "ilegalidad" de la resolución parlamentaria que acuerde "iniciar el proceso de independencia del territorio autonómico catalán, tanto en el fondo como en las vías empleadas, y en consecuencia todo el proceso posterior que siguiera a la misma quedaría certificada en cuanto el Tribunal Constitucional invalidara y dejara sin efecto la resolución en cuestión por grave quebrantamiento de la Constitución".

El delito de rebelión, castigado con penas de 25 a 30 años, tipifica "el alzamiento violento y público con el fin de declarar la independencia de una parte del territorio nacional". El de sedición, penado con 10 a 15 años de cárcel, persigue "el alzamiento público y tumultuario para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes, el legítimo ejercicio de sus funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, o el cumplimiento de sus aceurdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".

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