Archivo - Imagen de archivo de una parcelaprecintada por construcciones ilegales en Chiclana. - AYUNTAMIENTO DE CHICLANA - Archivo
CHICLANA DE LA FRONTERA (CÁDIZ), 29 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz) ha señalado que ha tenido conocimiento de la sentencia de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Cádiz en la que se condena a una persona, por dividir y construir sin licencia urbanística en una parcela rústica de la localidad, a un año y ocho meses de prisión, multa de 3.360 euros e inhabilitación especial para profesión u oficio para la construcción o edificación por tiempo de dos años y seis meses. Igualmente, condena a la demolición de lo construido, de la que tendrá que hacerse cargo también una segunda persona condenada por ser partícipe a título lucrativo.
En este sentido, según ha indicado el Ayuntamiento en una nota, se condena a la demolición y eliminación de varias edificaciones, así como a la demolición de los cerramientos en su totalidad. Se trata de un delito contra la ordenación del Territorio, en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública y como acusación particular el propio Ayuntamiento de Chiclana.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso en la Audiencia Provincial, "considera como hechos probados entre septiembre y octubre de 2022 la subparcelación y división de un terreno en dos parcelas con cerramientos realizados en bloques de hormigón", después de que los condenados adquirieron la parcela mediante escritura pública de compraventa en una notaría de Cádiz en diciembre de 2020 por valor de 30.000 euros.
El Ayuntamiento ha destacado que la causa tiene su origen en el procedimiento de diligencias previas en el que se personó como acusación particular. De esta forma, el Ministerio Fiscal y la acusación particular (Ayuntamiento) formularon acusación contra los dos condenado, una de ellas como partícipe a título lucrativo, por la comisión de un delito contra la ordenación del territorio previsto en el artículo 319.2 y 3 del Código Penal.
Por su parte, la Sección de Disciplina Urbanística de la Delegación de Urbanismo, Planeamiento y Desarrollo Urbano procedió en 2022 a la inspección e incoación del expediente de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística (RLU), así como traslado al Ministerio Fiscal, por un posible delito contra la Ordenación del Territorio, por realizar divisiones y construcciones en suelo rústico.
La parcela se adquirió en diciembre de 2020 y entre los meses de septiembre y octubre de 2022 uno de los condenados promovió sin licencia una subparcelación y división del terreno en dos parcelas, con cerramientos de bloques de hormigón. Además, en una de las parcelas realizó una edificación para vivienda de dos plantas con una superficie aproximada de 150 metros cuadrados, otra construcción de unos 20 metros cuadrados y una piscina de 24 metros cuadrados aproximadamente.
Por su parte, en la segunda parcela, igualmente con cerramiento con bloques de hormigón, se levantó una edificación destinada a vivienda con dos plantas y una superficie aproximada de 120 metros cuadrados, otra edificación con una superficie aproximada de 12 metros cuadrados y una piscina de 24 metros cuadrados.
El acta de inspección urbanística del Ayuntamiento de Chiclana se realizó el 14 de septiembre de 2022, constatándose que en la parcela se hizo una división en dos fincas con muro medianero que los separa, así como que las construcciones se ejecutaron o realizaron sin licencia alguna y sin que por parte de los acusados se solicitara la misma. Además, según consta en el informe técnico del funcionario municipal del Ayuntamiento, no es susceptible de legalización, conforme a la normativa urbanística.
"Las construcciones y edificaciones indicadas anteriormente y realizadas por el acusado se efectuaron por éste a sabiendas que el suelo está clasificado como no urbanizable no especializado conforme a la regulación urbanística del municipio de Chiclana de la Frontera", señala la sentencia, que indica que "el valor de las construcciones realizadas, tanto las destinadas a viviendas como las otras, asciende a 360.516,92 euros".
La sentencia condena al autor y al cónyuge como partícipe a título lucrativo y a la demolición a su costa de lo construido cuya valoración supera los 360.000 euros, ha señalado el Ayuntamiento.