Archivo - Audiencia Provincial de Huelva. - EUROPA PRESS - Archivo
HUELVA 16 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un hombre a un año y tres meses de prisión como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas y por un delito de riesgo provocado por la manipulación de sustancias inflamables, después de que extrajera 1.500 litros de gasóleo picando un oleoducto.
Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, la pena se ha visto reducida al concurrir la circunstancia de dilaciones indebidas --que significa un retraso extraordinario e injustificable en la celebración del juicio--, ya que los hechos se produjeron en agosto de 2016, lo que reduce la responsabilidad penal al vulnerar el derecho a un proceso sin dilaciones, apreciándose, además, como "muy cualificada", que supone que al ser un retraso desproporcionado se reduce la pena inferior en uno o dos grados.
La sentencia, consultada por Europa Press, señala que se considera probado que sobre las 23,30 horas del 4 de agosto de 2016 el penado acudió junto a otro hombre al oleoducto explotado por una empresa de hidrocarburos a su paso por Hinojos y, una vez allí, ocultaron los dos vehículos con los que se presentaron entre los ramajes de los árboles y, "puestos de común acuerdo y movidos por el propósito de obtener un enriquecimiento patrimonial, procedieron a la manipulación y picaje del oleoducto de la compañía".
De este modo, conectaron al mismo una válvula e introdujeron una manguera de alta presión, en la que colocaron otra válvula, "que a su vez unieron con otra manguera, y extrajeron 1.500 litros de gasóleo A del oleoducto propiedad de la empresa perjudicada".
Ambos fueron sorprendidos en el lugar por agentes de la autoridad, quienes hallaron en el interior de uno de los vehículos "tres depósitos de plástico de mil litros de capacidad, uno de ellos vacío, otro totalmente lleno y otro por la mitad, con gasoil en su interior", además de "dos bidones de plástico de 25 litros de capacidad, uno de los cuales estaba lleno "con el mismo líquido" y el otro vacío, "todo ello a los fines de transportar el combustible extraído".
Señala la sentencia que las actuaciones descritas "contravinieron las mínimas medidas de seguridad, poniendo peligro la vida y la integridad física de las personas, y el medio ambiente, dado el carácter inflamable del combustible sustraído", así como indica que los daños ocasionados a la empresa propietaria del oleoducto --que no reclama en este procedimiento la indemnización que le corresponde y se reserva las acciones civiles para ejercitarlas, en su caso-- y los efectos sustraídos han sido valorados pericialmente en la cantidad de 17.924 euros.
Por todo ello, uno de los detenidos ha sido absuelto al no formularse acusación contra él por no poder acreditarse su participación en los hechos y el otro acusado ha sido condenado a un año de prisión por el delito de robo con fuerza en las cosas y a otros tres meses de cárcel por el delito de riesgo provocado por la manipulación de sustancias inflamables. Estas condenas han sido suspendidas por un plazo de dos años con la condicionante de no reincidir.