Archivo - Una persona ejerce su derecho a voto. Imagen de archivo. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
SEVILLA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -
Las próximas elecciones andaluzas se celebrarán el 17 de mayo, y muchos votantes ya comienzan a informarse sobre el procedimiento de voto, entre ellos las personas con discapacidad visual o ceguera, cuyo sistema de votación es específico y distinto al del resto del electorado.
Estas personas podrán solicitar el voto accesible hasta el 19 de abril, según recoge la Junta Electoral de Andalucía en su página web, consultada por Europa Press. Este derecho está regulado en el artículo 87.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), así como en el artículo 3.3 del Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, y en la Orden 3817/2007.
En concreto, pueden solicitarlo las personas ciegas o con discapacidad visual, inscritas en el censo electoral, que sepan utilizar el sistema braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como los afiliados a la ONCE. Estas podrán acceder al kit de votación accesible, que incluye papeletas y sobres electorales estándar junto con documentación complementaria en braille.
El kit de votación accesible se entregará a cada solicitante el día de las elecciones en la mesa electoral correspondiente, según detalla el Ministerio del Interior en su página web, consultada por esta agencia.
¿CÓMO SE REALIZA LA SOLICITUD?
El voto accesible se solicita mediante una llamada al teléfono gratuito del Ministerio del Interior, 900 150 000, desde el día de la convocatoria electoral hasta 27 días después (ambos inclusive). En dicha llamada deberán facilitarse el nombre y apellidos del votante, domicilio, número de DNI y un teléfono de contacto.
De este modo, el elector deberá acudir el día de las elecciones a su mesa electoral correspondiente, donde, previa identificación con el DNI, se le entregará el kit de votación accesible solicitado.
La utilización de este procedimiento es voluntaria, por lo que las personas ciegas o con discapacidad visual pueden optar también por ser asistidas por una persona de su confianza durante la jornada electoral.
¿QUÉ INCLUYE EL KIT DE VOTO ACCESIBLE?
El kit de voto accesible contiene todo lo necesario para garantizar el derecho al voto con autonomía y en secreto. En su interior, el elector encontrará las papeletas y sobres electorales, idénticos a los utilizados por el resto del electorado, así como documentación complementaria en braille con instrucciones sobre el contenido del kit y su uso.
Con este material, los votantes podrán dirigirse a los espacios habilitados, situados cerca de la mesa electoral, para manejar la documentación con garantías de privacidad. Asimismo, podrán llevarse el kit fuera del local electoral y regresar posteriormente para emitir su voto.
Una vez realizado el proceso, el elector deberá acudir a la mesa electoral correspondiente y presentar su documento de identificación, ya sea el DNI o el pasaporte (no siendo válido el resguardo del DNI en trámite, al no incluir fotografía). Tras la votación, se recomienda que el elector se lleve consigo el kit y todo el material sobrante, con el fin de preservar el secreto del voto emitido.