El Consejo de Gobierno andaluz ha aprobado en su reunión de este martes, 3 de octubre, una modificación del decreto del Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, con el que se amplía en dos horas el horario de inicio para que los establecimientos en los municipios turísticos costeros y en las zonas de gran afluencia turística puedan reproducir música a partir de las 13,00 horas --antes era desde las 15,00 horas-- hasta las 24,00 horas, "siempre previa autorización municipal y sin perjuicio del cumplimiento de la normativa técnica, de seguridad y medioambiental correspondiente".