El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado que solo se puedan anular las decisiones judiciales que se hayan adoptado sin intérprete o traductor, cuando el afectado lo requiera, en el plazo que las leyes nacionales establezcan, si bien ha subrayado que este límite temporal debe empezar a correr a partir del momento en que el interesado tenga conocimiento de su contenido en una lengua que comprenda.