El TC estudia si una divorciada debe mantener su pensión compensatoria al vivir con otra pareja

Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Constitucional de España.
Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Constitucional de España. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 17 abril 2026 13:23

MADRID/CÁDIZ 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad promovida por la intención de modificar un acuerdo al que llegó un matrimonio en Jerez de la Frontera (Cádiz) tras su separación. Después de más de 40 años de matrimonio ella recibía una pensión compensatoria por la "dedicación a la familia durante el matrimonio", y pasado tres años de la separación, el marido pidió la finalización del abono de esa pensión al estar la mujer conviviendo con una nueva pareja.

Según ha explicado el Tribunal Constitucional en una nota, la cuestión de inconstitucionalidad es promovida por la Plaza número 1 de la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Jerez, haciendo referencia al inciso último del párrafo primero del artículo 101 del Código civil.

Dicho precepto dispone que el derecho a la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil "se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona".

En este sentido, el TC ha señalado que la duda de constitucionalidad plantea la posible contradicción de dicho inciso con el artículo 10.1 CE (principio del libre desarrollo de la personalidad) y con el artículo 14 CE (prohibición de discriminación por razón de sexo).

El planteamiento viene dado porque una pareja que contrajo matrimonio en 1977, y tuvo dos hijos, en junio de 2021 acordó su divorcio y firmó un convenio regulador en el que pactaron una pensión compensatoria a favor de la esposa en atención a su "dedicación a la familia durante el matrimonio".

Posteriormente, en diciembre de 2024, el marido interpuso una demanda de modificación de medidas contra la esposa, interesando la extinción de la pensión pactada en el convenio regulador fundamentado en que ella convivía con una nueva pareja, que es una causa de extinción según el artículo 101, párrafo primero, último inciso, del Código Civil.

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