Sanz cifra en 9.263 los trabajadores del mar que se beneficiarán de la nueva ley de protección social para el colectivo

Antonio Sanz
Europa Press/Archivo
Actualizado: sábado, 3 octubre 2015 14:53

ALGECIRAS (CÁDIZ), 3 Oct. (EUROPA PRESS) -

El delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, ha cifrado en 9.263 los trabajadores del mar en la Comunidad que se beneficiarán de la nueva ley de protección social para este colectivo que ha sido aprobada recientemente en el Congreso de los Diputados, destacando la importancia de que 4.300 de ellos sean de la provincia de Cádiz.

En declaraciones a los medios tras realizar una visita a la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, Sanz ha señalado que la nueva normativa ofrecer más protección social a los trabajadores del mar, unas personas que realizan su labor "en unas condiciones difíciles y que requiere una protección específica".

Ha dicho que el Gobierno andaluz se preocupa por la protección social de los pescadores y no se conforma con haber alcanzado un acuerdo de pesca con Marruecos "que hoy podemos decir que está siendo bueno porque un número muy importante de barcos se han acogido al mismo".

Sanz ha explicado las líneas básicas de la nueva norma reguladora de la protección social del colectivo de trabajadores del sector marítimo-pesquero, una ley que actualiza y sustituye a una normativa de más de 40 años de antigüedad, obsoleta y derogada en su mayor parte, que regula de forma completa e integral toda la protección social de los trabajadores del mar.

LÍNEAS BÁSICAS DE LA LEY

La nueva normativa aúna en un único texto la protección social gestionada por el Instituto Social de la Marina, organismo dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

El texto incorpora tanto la protección de los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, como aquellos aspectos y programas que complementan su protección social: sanidad marítima, la acción social y la formación marítima y sanitaria.

La Ley extiende también su ámbito de aplicación para englobar a nuevos colectivos que han reivindicado durante años su pertenencia a este Régimen de la Seguridad Social.

Con este cambio normativo, se incorporan con respaldo legal al Régimen Especial de Trabajadores del Mar: el personal que presta sus servicios en plataformas petrolíferas, de gas o similares; los trabajadores dedicados a la acuicultura; los buceadores; los rederos trabajadores por cuenta ajena y los autónomos de marina mercante.

Este Régimen Especial se configura en dos grandes colectivos; los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia. El texto suprime fórmulas jurídicas ficticias que en un momento dado sirvieron para regular determinados colectivos, pero que en la actualidad no son necesarias. Es el caso de los trabajadores asimilados a cuenta ajena, como los armadores embarcados.

Con la norma se logra una simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación. En todo lo demás, remite a la normativa general de la Seguridad Social, con lo que se evitan duplicidades en la regulación.

Además, por primera vez una norma con rango legal define a los beneficiarios de la protección social específica que lleva a cabo el Instituto Social de la Marina (ISM), trabajadores del sector pero que no están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Por otra parte, se clarifica el concepto de estibador portuario de acuerdo con la definición realizada en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.